Guía viva · revisada el 2 de noviembre de 2026

Regulación de la IA para equipos de farma, biotech y medtech

Lo que hoy obliga, lo que se ha aplazado, lo que sigue en el aire y qué se puede meter en cada herramienta, con la fuente oficial de cada punto. Pensada para quien usa la IA en marketing, acceso, médico, regulatorio, RRHH o formación, no para juristas. Un agente revisa las fuentes cada semana y la guía se actualiza cuando algo cambia.

Lo esencial

Si solo lees una parte, que sea esta. Cada punto se desarrolla abajo, con sus fuentes.

  1. 01En vigor

    Formar al equipo sigue siendo obligatorio, con menos exigencia

    Desde el 27 de julio de 2026 el artículo 4 pide adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de quien la usa. Ya no exige garantizar un nivel concreto, y el reglamento europeo no le pone una multa propia. La obligación sigue ahí para cualquier empresa que use IA.

  2. 02Aplazado

    El alto riesgo se retrasa más de un año

    Los usos de alto riesgo del Anexo III, como seleccionar personal, pasan al 2 de diciembre de 2027. La IA dentro de productos sanitarios, al 2 de agosto de 2028.

  3. 03En vigor

    La transparencia ya aplica

    Desde el 2 de agosto de 2026, un chatbot de cara al público tiene que avisar de que es una IA y los deepfakes se etiquetan. El texto generado con IA que se publica para informar se declara salvo que alguien lo revise y responda de él.

  4. 04En vigor

    Hay usos prohibidos desde 2025

    Por ejemplo, inferir las emociones de las personas en el trabajo, salvo por motivos médicos o de seguridad. Es lo que más multa: hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial.

  5. 05Sin ley

    España no tiene ley propia de IA

    El proyecto de ley caducó el 6 de octubre de 2026 al disolverse las Cortes. El reglamento europeo se aplica igual, pero no hay régimen sancionador español aprobado y el próximo Gobierno tendrá que volver a empezar.

  6. 06Orientación

    Con datos personales, manda el RGPD

    El decálogo de la AEPD del 27 de octubre de 2026 lo dice claro: en el trabajo, solo los asistentes que autoriza la empresa, nunca una cuenta personal conectada al correo o a los documentos, y confirmación antes de enviar o compartir.

  7. 07Orientación

    En farma no hay norma nueva de IA, pero sí revisión

    El Código de Farmaindustria no menciona la IA, y aun así todo material promocional lo revisa el servicio científico antes de salir. La EMA pide supervisión humana cercana de la información de producto escrita o traducida con IA.

El calendario

Las fechas que importan, con las que el Ómnibus de julio de 2026 movió.

  1. Se aplican las prácticas prohibidas y la obligación de alfabetización (artículo 4).

  2. Obligaciones para los proveedores de modelos de uso general (los que hay detrás de ChatGPT, Copilot, Claude o Gemini) y régimen de sanciones.

  3. Entra en vigor el Ómnibus digital sobre IA, Reglamento (UE) 2026/1744: suaviza el artículo 4 y aplaza el alto riesgo.

  4. Se aplican las obligaciones de transparencia del artículo 50: chatbots, deepfakes y contenido generado.

  5. Caduca el proyecto de ley española de IA con la disolución de las Cortes.

  6. Elecciones generales. La ley de IA tendrá que volver a presentarse con el nuevo Gobierno.

  7. Último día para que los sistemas generativos que ya estaban en el mercado marquen su contenido (artículo 50.2). Se aplican dos prohibiciones nuevas sobre imágenes íntimas sin consentimiento y abuso sexual infantil.

  8. Obligaciones de alto riesgo del Anexo III, que incluye el empleo y la selección de personal.

    Antes: 2 de agosto de 2026

  9. Obligaciones de alto riesgo del Anexo I: IA dentro de productos regulados, incluidos los productos sanitarios y el diagnóstico in vitro.

    Antes: 2 de agosto de 2027

  10. Se aplica el uso secundario de datos de salud del Espacio Europeo de Datos Sanitarios para la mayoría de categorías: pedir datos para investigar o entrenar IA con permiso y en entorno seguro.

Qué hacer ahora

Seis cosas que cualquier equipo puede tener hechas este mes, sin abogado y sin herramientas nuevas.

  1. Saber qué se usa

    Una lista corta de qué herramientas de IA usa el equipo, con qué cuenta y para qué tareas. Es la base de todo lo demás y lo primero que pediría cualquier inspección.

  2. Solo cuentas de empresa

    Usar la licencia de empresa (Copilot, ChatGPT Enterprise, Claude Team…) y no cuentas personales. Comprobar en el contrato que el proveedor no entrena con vuestros datos y dónde los guarda. Es lo primero que pide la AEPD. La tabla de abajo lo resume herramienta por herramienta.

  3. Formar y dejarlo por escrito

    El artículo 4 pide medidas proporcionadas a cómo se usa la IA. Una formación práctica sobre las tareas reales del equipo, con su registro de asistentes y contenidos, es la forma más directa de cumplirlo. La formación de la plantilla puede ser bonificable por FUNDAE.

  4. Una política de uso de una página

    Qué datos no entran nunca (de pacientes, personales sin base jurídica, confidenciales), qué herramientas están autorizadas, quién revisa lo que sale y qué se etiqueta como generado con IA.

  5. Revisión humana de lo que sale

    El material promocional pasa por el servicio científico igual que siempre, aunque lo haya escrito una IA. Lo mismo con la información de producto: la EMA pide supervisión humana cercana.

  6. Mirar a fondo dos casos

    Si vais a poner un chatbot de cara al público, el artículo 50 ya obliga a avisar de que es una IA. Si vais a usar IA para seleccionar personal, será alto riesgo en diciembre de 2027 y la AEPD ya ha advertido a una empresa por un cribado de CV con IA.

Entorno seguro: qué se puede hacer y qué no

La duda que más sale en los equipos no es la ley, es esta: qué puedo meter en la IA y en cuál. La respuesta depende de dos cosas, la versión de la herramienta y el tipo de dato.

Sí, con la licencia de empresa

  • Información pública: ficha técnica, publicaciones, guías clínicas publicadas, webs.
  • Documentos internos no sensibles: procedimientos, plantillas, presentaciones, actas sin datos personales.
  • Redactar, resumir, traducir o preparar borradores que después revisa una persona.
  • Casos ficticios o datos anonimizados para probar una idea.
  • Buscar y ordenar lo que ya puedes ver tú en el correo o en SharePoint, con tus permisos.

Con cuidado: política, permisos y revisión

  • Datos personales de empleados, clientes o profesionales sanitarios: base jurídica, lo mínimo imprescindible y evaluación de impacto si hay riesgo.
  • Información confidencial no publicada (estrategia, precios, resultados): solo en la herramienta autorizada para eso.
  • Conectores y agentes que leen el correo o los documentos y actúan: los permisos justos y confirmación antes de enviar o compartir.
  • Material promocional e información de producto: revisión humana y del servicio científico antes de salir.
  • Documentos de fuera (correos, webs, PDF de terceros) que se dan a un agente: pueden llevar instrucciones ocultas.

No

  • Información de trabajo en una cuenta personal de IA, ni conectar el correo o los documentos de la empresa a ella.
  • Datos de pacientes, de farmacovigilancia o de ensayos clínicos sin una evaluación específica y el visto bueno de quien responde de esos datos.
  • Contraseñas, claves o datos con un contrato que prohíbe compartirlos.
  • Decidir sobre personas (seleccionar, evaluar) solo con lo que diga la IA.
  • Publicar o mandar fuera algo generado sin que nadie lo haya revisado.

La versión importa más que la marca

Lo que dicen hoy las condiciones oficiales de cada proveedor sobre vuestros datos. La versión de empresa es la que cambia las reglas.

Herramienta¿Entrena con vuestros datos?Dónde se guardanContrato de tratamiento
Microsoft 365 CopilotCuenta de trabajoNoDentro de la UE (EU Data Boundary). Los modelos de Anthropic dentro de Copilot quedan fueraSí, el de Microsoft 365. Solo enseña lo que cada persona ya puede ver
CopilotCuenta Microsoft personalPuede, según los ajustes de la cuentaSin compromiso de regiónCondiciones de consumo
ChatGPTEnterprise o EduNo por defectoEn Europa si se elige al crear el espacioSí
ChatGPTBusiness (antes Team)No por defectoSin residencia europeaSí
ChatGPTFree, Plus o ProSí por defecto. Se puede desactivarSin residencia europeaCondiciones de consumo
ClaudeTeam o EnterpriseNo por defectoSe guardan en EE. UU. y se pueden procesar en EuropaSí, con cláusulas contractuales tipo
ClaudeFree, Pro o MaxSolo si la persona lo acepta en sus ajustesSin residencia europeaCondiciones de consumo
GeminiEn Google WorkspaceNo, y sin revisión humanaEn la UE solo con las ediciones Enterprise Plus y Frontline PlusSí, el de Google Cloud
GeminiApp personalSí con la actividad guardada, y una parte de los chats la revisan personasSin residencia europeaCondiciones de consumo

Comprobado el 2 de noviembre de 2026 en la documentación oficial de cada proveedor. Las condiciones cambian a menudo y lo que manda es el contrato de vuestra empresa: antes de meter datos sensibles, que lo confirme quien lleva IT o protección de datos.

Los cinco riesgos que hay que conocer

  1. 01

    La IA en la sombra

    Gente usando herramientas que la empresa no ha aprobado, con información de trabajo. INCIBE recomienda aprobar herramientas concretas en vez de prohibir, porque la prohibición esconde el uso. Según IBM, el 20 % de las organizaciones estudiadas tuvo una brecha relacionada con ella en 2025.

  2. 02

    Instrucciones ocultas

    Un correo, una web o un documento pueden llevar órdenes escondidas que un agente obedece. Es el primer riesgo de la lista de OWASP de 2026 y lo avisan la AEPD e INCIBE. Lo que mejor funciona es limitar lo que el agente puede hacer.

  3. 03

    Permisos de más

    Un asistente conectado ve todo lo que ve la persona. Si en SharePoint hay carpetas compartidas de más, la IA las hace aflorar. Antes de conectar, se revisan los permisos.

  4. 04

    Respuestas que parecen ciertas

    Los modelos inventan con mucha seguridad. En contenido regulado, la EMA pide supervisión humana cercana y revisar cada salida según lo crítico que sea.

  5. 05

    Lo que se guarda

    Las conversaciones se conservan un tiempo, a veces largo en las cuentas personales. La AEPD pide mirar antes de contratar qué se guarda, cuánto tiempo y si se usa para entrenar.

Fuentes (15)

En detalle

01 En vigor

El Reglamento europeo de IA, tras el Ómnibus

El AI Act (Reglamento (UE) 2024/1689) se aplica por fases desde febrero de 2025. En julio de 2026 lo modificó el Ómnibus digital sobre IA, que suavizó obligaciones y retrasó el alto riesgo.

El Reglamento (UE) 2026/1744, de 8 de julio de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la UE el 24 de julio y entró en vigor el 27 de julio de 2026. Es lo que se conoce como Ómnibus digital sobre IA.

El reglamento distingue a quien fabrica un sistema de IA o lo pone en el mercado con su nombre (proveedor) y a quien lo usa en su trabajo (responsable del despliegue). Una farma que usa Copilot, ChatGPT o Claude es responsable del despliegue. Si monta un asistente propio y lo ofrece con su marca, puede pasar a ser proveedora.

Lo que hoy aplica a una empresa que solo usa IA:

  • Artículo 4: adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal.
  • Artículo 5: no usar la IA para ninguna práctica prohibida.
  • Artículo 50, desde el 2 de agosto de 2026: avisar cuando alguien habla con una IA, etiquetar los deepfakes y declarar el texto generado que se publique para informar al público, salvo que haya revisión humana y alguien responda de él.
  • Alto riesgo, solo si el uso está en el Anexo III, como la selección de personal, y a partir del 2 de diciembre de 2027.

El Ómnibus también crea la figura de pequeña empresa de mediana capitalización, que se beneficia como las pymes de la multa menor y de documentación simplificada.

Fuentes (3)
02 En vigor

Artículo 4: formar al equipo

Aplica desde el 2 de febrero de 2025 a cualquier empresa que use IA. El Ómnibus rebajó lo que exige, pero no la quitó.

Los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA de su personal […]. Esta obligación no exige que los proveedores o los responsables del despliegue garanticen un nivel específico de alfabetización en materia de IA de ninguna persona en particular.

Artículo 4.1, en la redacción del Reglamento (UE) 2026/1744

Antes del Ómnibus el texto pedía garantizar un nivel suficiente de alfabetización. Ahora pide adoptar medidas para apoyarla, teniendo en cuenta los conocimientos de cada persona y el contexto en que usa la IA. La Comisión y los Estados tienen que apoyar a las empresas, sobre todo a las pymes, y la Comisión publicará ejemplos prácticos.

El artículo 99, que fija las multas del reglamento, no menciona el artículo 4. Los Estados pueden fijar sanciones propias, pero España no tiene ley aprobada. En la práctica, lo que cuenta es poder enseñar qué medidas se tomaron: formación ajustada a cada puesto, registro y política de uso.

Mucha formación se vende como «obligatoria por el AI Act» con un tono de amenaza que el texto actual no sostiene. La obligación existe, pero es de medios y proporcionada al uso.

Fuentes (1)
03 En vigor

Prácticas prohibidas

Prohibidas desde el 2 de febrero de 2025. Son las infracciones con las multas más altas del reglamento.

Las que pueden aparecer en una empresa del sector:

  • Inferir emociones de las personas en el lugar de trabajo o en centros educativos, salvo por motivos médicos o de seguridad. Según las directrices de la Comisión, el lugar de trabajo incluye la selección de personal.
  • Manipular con técnicas subliminales o engañosas, o aprovechar vulnerabilidades por edad, discapacidad o situación social.
  • Categorizar a personas por datos biométricos para deducir datos sensibles.
  • Puntuación social y bases de reconocimiento facial con imágenes extraídas de forma indiscriminada.

Multa: hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial anual, la cifra mayor. A las pymes y pequeñas empresas de mediana capitalización se les aplica la menor. Desde el 2 de diciembre de 2026 se suman dos prohibiciones nuevas sobre imágenes íntimas sin consentimiento y material de abuso sexual infantil.

Fuentes (2)
04 En vigor

Transparencia: chatbots y contenido generado

El artículo 50 se aplica desde el 2 de agosto de 2026. Es lo que más probablemente toque a un equipo de marketing o de comunicación.

  • Quien hable con un chatbot o asistente tiene que saber que es una IA, salvo que sea evidente.
  • Los deepfakes, imagen, audio o vídeo que imitan a personas o hechos reales, se declaran como generados o manipulados.
  • El texto generado que se publica para informar al público sobre asuntos de interés público se declara, salvo que haya revisión humana o control editorial y alguien tenga la responsabilidad editorial.
  • Los proveedores de sistemas generativos tienen que marcar su contenido de forma detectable. Los que ya estaban en el mercado tienen hasta el 2 de diciembre de 2026.

La Comisión publicó directrices sobre el artículo 50 en julio de 2026 y hay un código de buenas prácticas voluntario sobre marcado y etiquetado del contenido generado. Para un equipo de farma, la consecuencia práctica es sencilla: un asistente de información de cara a profesionales o pacientes avisa de que es una IA, y un vídeo con avatar se etiqueta.

Fuentes (3)
05 Aplazado

Alto riesgo: qué es y cuándo llega

Las obligaciones más pesadas del reglamento. El Ómnibus las retrasó: diciembre de 2027 para los usos del Anexo III y agosto de 2028 para la IA dentro de productos regulados.

Un sistema es de alto riesgo por dos vías. O es un uso sensible del Anexo III, como el empleo y la selección de personal, la educación, el crédito o el acceso a servicios esenciales. O es IA dentro de un producto regulado del Anexo I, como un producto sanitario que necesita organismo notificado.

Para quien lo usa (responsable del despliegue), el artículo 26 pide usarlo según las instrucciones, supervisión humana con personas formadas, guardar los registros y vigilar su funcionamiento. Quien lo fabrica carga con el sistema de gestión de riesgos, la documentación técnica y la evaluación de la conformidad.

Las directrices de la Comisión para clasificar un sistema como de alto riesgo siguen en borrador (mayo de 2026, actualizado en julio). La primera norma armonizada, sobre gestión de calidad, se publicó en octubre de 2026 y su uso es voluntario.

Fuentes (3)
06 En vigor

Los modelos que usáis: ChatGPT, Copilot, Claude, Gemini

Las obligaciones de los modelos de uso general son de quien los fabrica, no de quien los usa. Os sirven para elegir proveedor.

Desde el 2 de agosto de 2025, los proveedores de modelos de uso general tienen obligaciones de documentación, derechos de autor y, los más grandes, de seguridad. La Comisión puede multarles desde el 2 de agosto de 2026.

El código de buenas prácticas de estos modelos lo firman entero, entre otros, Anthropic, Google, Microsoft, OpenAI, Amazon, IBM y Mistral AI. xAI firma solo el capítulo de seguridad y Meta no figura entre los firmantes (lista oficial del 7 de octubre de 2026).

Para la empresa que los usa no supone ninguna obligación nueva. Lo que sí cuenta es el contrato: licencia de empresa, sin entrenamiento con vuestros datos y con dónde se tratan.

Fuentes (2)
07 Sin ley

España: sin ley propia y con la AESIA

El reglamento europeo se aplica directamente, pero la ley española que tenía que fijar las sanciones y repartir las autoridades ha caducado.

El Gobierno aprobó el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial el 26 de mayo de 2026 y lo envió al Congreso. Con la disolución de las Cortes (Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre), el Congreso lo da por caducado desde el 6 de octubre. Hay elecciones el 29 de noviembre: el próximo Gobierno tendrá que volver a presentarlo.

El proyecto preveía multas de hasta 35 millones o el 7 % por prácticas prohibidas, hasta 15 millones o el 3 % en alto riesgo y la cuantía menor para las pymes. Ahora mismo es solo un borrador.

La AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial) existe desde 2023 y publicó en diciembre de 2025 16 guías prácticas no vinculantes para cumplir el reglamento. Si puede sancionar sin ley nacional es discutido, y no consta ninguna sanción publicada. Para IA que sea producto sanitario o forme parte de uno, la autoridad previsible es la AEMPS.

Fuentes (4)
08 Orientación

Datos personales: RGPD y AEPD

Cuando la IA toca datos de empleados, clientes o profesionales sanitarios, lo que manda es el RGPD. La AEPD ha publicado este año sus criterios.

El decálogo de la AEPD para delegar tareas en asistentes y agentes de IA (27 de octubre de 2026) pide, entre otras cosas:

  • En el trabajo, usar solo los asistentes autorizados por la organización y no conectar el correo o los documentos profesionales a una cuenta personal.
  • Permisos mínimos para cada tarea y confirmación antes de enviar, compartir, pagar o contratar.
  • Elegir proveedores identificados que permitan ejercer los derechos en la UE.
  • Tener presentes las instrucciones ocultas en correos, webs o documentos, y limitar lo que el agente puede hacer.

En febrero de 2026 la AEPD publicó además orientaciones sobre IA agéntica. Y en 2026 dictó una advertencia preventiva a una empresa que iba a usar una IA para puntuar y priorizar candidaturas, antes de que llegara a funcionar.

Las transferencias a proveedores de EE. UU. se apoyan en el Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU., vigente, aunque recurrido ante el Tribunal de Justicia y cuestionado por el Comité Europeo de Protección de Datos tras una sentencia del Supremo de EE. UU. de junio de 2026. Lo prudente: proveedor adherido y, además, cláusulas contractuales tipo.

Fuentes (4)
09 Orientación

Lo específico de farma y biotech

No hay ninguna norma sectorial de IA en vigor. Hay orientaciones de la EMA y la FDA, y las reglas de siempre se aplican igual al contenido hecho con IA.

El documento de reflexión de la EMA sobre la IA en el ciclo de vida del medicamento (septiembre de 2024) pone la responsabilidad en la compañía y pide un enfoque basado en riesgo. Para negocio, lo relevante es su apartado sobre información de producto: redactar, traducir o revisar con IA exige supervisión humana cercana y control de calidad, porque los modelos generativos producen textos plausibles pero erróneos.

La EMA y la FDA publicaron el 14 de enero de 2026 diez principios comunes de buenas prácticas de IA en el desarrollo de medicamentos: enfoque basado en riesgo, contexto de uso claro, gobernanza de datos, equipo multidisciplinar y gestión del ciclo de vida, entre otros. No son vinculantes.

El Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria no menciona la IA, pero sus reglas aplican igual: todo material promocional es compatible con la ficha técnica (artículo 1.2), lo revisa el servicio científico antes de difundirse (artículo 9.2) y la filial responde de lo que se publica en sus redes aunque lo haga un tercero (artículo 8). El Código de EFPIA de 2026 tampoco la menciona, aunque EFPIA la tiene entre sus prioridades de 2027.

En fabricación y calidad, el nuevo Anexo 22 de las GMP sobre IA sigue en borrador. El borrador de 2025 dejaba fuera la IA generativa de los usos críticos. En el taller de la EMA de junio de 2026 se habló de admitirla con controles documentados.

Fuentes (6)
10 Aplazado

Productos sanitarios con IA

Si la IA es el producto sanitario o un componente de seguridad suyo, se aplican a la vez el MDR o el IVDR y el AI Act. Las obligaciones de alto riesgo llegan el 2 de agosto de 2028.

El documento conjunto MDCG 2025-6 explica cómo encajan los dos reglamentos: un producto con IA es de alto riesgo si necesita organismo notificado, y la documentación de ambos se puede integrar en el sistema de calidad y en la documentación técnica del MDR. Las fechas de 2027 que cita ese documento ya no valen.

Los productos sanitarios siguen en la sección A del Anexo I tras el Ómnibus. El nuevo artículo 2.13 permite limitar requisitos del AI Act cuando el MDR ya dé una protección equivalente: lo concretarán actos delegados y directrices antes de agosto de 2027.

Fuentes (2)
11 Próximo

Espacio Europeo de Datos Sanitarios

Abrirá el acceso a datos de salud para investigar y entrenar IA, con permiso y en entorno seguro. Su parte principal se aplica en 2029.

El Reglamento (UE) 2025/327 está en vigor desde el 26 de marzo de 2025 y se aplica por fases. El uso secundario de la mayoría de categorías de datos, como la historia clínica electrónica, llega en marzo de 2029, y el resto, como la genómica, en 2031. Una empresa podrá pedir datos a un organismo de acceso para investigar o entrenar IA, sin reidentificar a nadie.

Fuentes (1)

Lo que está en el aire

Lo que puede cambiar la guía en los próximos meses. Es lo primero que mira la revisión semanal.

Revisión semanal

Te aviso cuando cambie algo importante

Un agente revisa cada lunes el Diario Oficial de la UE, la Comisión, el BOE, el Congreso, la AESIA, la AEPD y la EMA. Cuando algo cambie lo que hay que hacer, la guía se actualiza y te llega un correo corto con qué ha cambiado. Solo cuando importa, sin boletines semanales.

Información básica sobre protección de datos

Responsable: Iván Barra Borrella · Finalidad: mandarte la guía y avisarte de los cambios importantes en la regulación de la IA, y escribirte sobre formación y servicios de IA · Legitimación: tu consentimiento · Destinatarios: proveedores de alojamiento y correo que actúan como encargados del tratamiento (Vercel y Google), sin cesiones a terceros · Derechos: acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad escribiendo a hola@ivanbarraborrella.com. Cada correo lleva un enlace para darte de baja. Puedes reclamar ante la AEPD. Más información en la política de privacidad.

Novedades

Lo último que ha pasado y lo que ha cambiado en la guía, lo más reciente arriba. Última novedad: 2 de noviembre de 2026.

  1. Nueva sección: entorno seguro

    Qué se puede meter en la IA y qué no, Copilot, ChatGPT, Claude y Gemini comparados en su versión de empresa y personal, y los cinco riesgos que hay que conocer.

  2. Primera versión de la guía

    Revisadas las fuentes oficiales a 2 de noviembre de 2026. Desde hoy, revisión semanal.

  3. La AEPD publica su decálogo de asistentes y agentes de IA

    En el trabajo, solo los asistentes autorizados por la organización. Entra en la sección de datos personales.

    AEPD, nota de prensa

  4. El Consejo fija su posición sobre el Ómnibus del RGPD

    Mantiene la definición de dato personal y abre el uso de datos sensibles para IA con garantías. Falta el Parlamento.

    Consejo de la UE, nota de prensa

  5. Primera norma armonizada del AI Act

    La de gestión de calidad, publicada en el Diario Oficial. Su uso es voluntario y da presunción de conformidad a los proveedores de alto riesgo.

    Comisión Europea, normalización

  6. La EMA prepara su guía de IA en desarrollo clínico

    Las notas de su reunión con la industria del 5 de octubre dicen que el documento de partida está casi listo y saldrá a consulta pública.

    EMA, notas de la reunión HMA-EMA con la industria

  7. Caduca el proyecto de ley española de IA

    Con la disolución de las Cortes. Las elecciones son el 29 de noviembre.

    Congreso de los Diputados, ficha del proyecto

Qué se revisa cada semana (12 fuentes)

AI Builder Lab

Formar al equipo con sus propias tareas

El artículo 4 pide que quien usa la IA sepa usarla. El AI Builder Lab es una jornada en la que el equipo aprende a usar la IA en sus tareas reales, con las herramientas que ya tiene la empresa. Bonificable por FUNDAE.

Iván Barra

Iván Barra. Biotecnólogo y Data Scientist, pasé por IQVIA y vengo de ser CTO de una startup del sector salud —PfarmaT—. Ahora enseño cómo exprimir la IA y creo soluciones.